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¿Vas a alquilar un piso? Los seis cambios fundamentales de la nueva Ley de Arrendamientos

El Pais-Diciembre 2018

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler que modifica, junto con otras normas, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Esta ley, que data del año 1994, ha sufrido numerosas reformas durante todos estos años, adaptándose a las necesidades sociales y económicas del momento.

La nueva revisión, que entrará en vigor previsiblemente el próximo miércoles, tiene como objetivo fortalecer los derechos del inquilino para hacer frente al incremento de los precios y la escasez de oferta de viviendas a precios asequibles. Sin embargo, la norma no ha incluido finalmente ninguna medida para limitar legalmente el precio del alquiler.

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¿Cuáles son las ciudades más inteligentes del mundo?

El País- Abril.2017

Las grandes metrópolis tienen que afrontar retos en materia de economía, tecnología, medio ambiente o planificación urbana para adaptarse a un mundo cambiante

 Según las estimaciones más fiables el 70% de las personas vivirá en centros urbanos en los próximos 30 años. La cifra es sorprendente si tenemos en cuenta que actualmente los urbanitas suponemos poco más de la mitad de la población mundial y hace medio siglo solo una de cada tres personas residía en una metrópolis.

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¿Hay que pagar la plusvalía municipal al vender una casa?

El Pais -23-01-2017

Los tribunales comienzan a respaldar la devolución de este impuesto a los vendedores de inmuebles

Las batallas judiciales por las cláusulas suelo y los gastos de formalización de las hipotecas se une ahora otra contienda que está dando mucho que hablar. Los juzgados españoles están lidiando con el pago de la plusvalía municipal, un impuesto cobrado por los ayuntamientos a los vendedores de inmuebles. Desde que estalló la crisis inmobiliaria, que ha provocado caídas en los precios de las propiedades de entre el 30% y 40%, el impuesto

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¿Cómo protegerse de un inquilino que no paga el alquiler?

El Pais 21-Nov-2016

Los seguros que garantizan al propietario el cobro de la renta y los servicios de defensa jurídica crecen y ya son una alternativa a los avales bancarios, más caros y exigentes.

Cobrar la renta cada mes sigue quitando el sueño a millones de propietarios que tienen arrendadas sus viviendas. Y es lo que ha propiciado el aumento en la contratación de seguros de impagos del alquiler, un producto que desembarca en España en 2003 de la mano de Mutua de Propietarios. Según el Observatorio Español del Seguro de Alquiler, una de cada cuatro operaciones está siendo garantizada con una de estas pólizas que ofrecen las compañías de seguros que están bajo la lupa de la Dirección General de Seguros. Las más activas son Arag, Das, Mapfre, Mutua de propietarios, Zurich, Caser, Catalana Occidente…

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¿Es una buena inversión comprar un piso ahora en España?

La Vanguardia 22-10-2016

El inmobiliario se ha convertido en una buena opción para los inversores: la compra de un piso está ofreciendo mejores rentabilidades que los mercados

Si has logrado reunir unos ahorros, has cobrado una indemnización o una herencia, es posible que te plantees invertirlos, pero no tienes claro cómo, si es mejor comprar un piso para luego alquilarlo, invertir en bolsa o abrir un depósito bancario.

Los tipos de interés están atravesando un periodo de mínimos históricos lo que favorece a los préstamos con garantía hipotecaria pero no a los depósitos bancarios que ven reducida su rentabilidad entre el 1,50% y el 2,50% dependiendo de los casos y en depósitos a largo plazo.

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Ikea abrira dos tiendas ‘pop up’ en el Rastro de Madrid y el Born de Barcelona

Javier Salvatierra 15-10-2016

La cadena sueca de decoración venderá artículos exclusivos de la tradición sueca en dos establecimientos que solo abrirán entre el 21 y el 30 de octubre

Ikea abrirá dos tiendas efímeras (pop up stores) en “el corazón” de Madrid y Barcelona como parte de las celebraciones del 20º aniversario de su llegada a España. Los dos establecimientos, que ya se están montando, estarán situados en dos barrios emblemáticos de las dos ciudades: en el entorno del Rastro, en Madrid, y en el barrio del Born, en Barcelona. Estarán abiertos entre el 21 y el 30 de octubre y sus estanterías ofrecerán un surtido “muy sueco”, productos exclusivos que no están a la venta en ninguna otra tienda de la cadena sueca, según ha anunciado Antonella Pucarelli, directora general adjunta de Ikea Ibérica.

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GOLDEN VISA – Residencia para inversores extranjeros

 La Ley para la obtención de tarjeta de residencia en Europa por compra de vivienda en España,  ofrece la posibilidad de conseguir la residencia española para los extranjeros que deseen realizar una inversión consistente en la compra de una vivienda u otros inmuebles a partir de 500.000 euros.  Le contestamos algunas preguntas que puedan ser de su interés.

¿Qué tipo de visado se obtiene con esta categoría?

  • Visado de residencia: Para residir, mínimo de  1 año.
  • Autorización de residencia de 2 años que se podrá renovar:
    • Si la inversión realizada se mantiene
    • Si se ha realizado al menos una visita España durante el periodo de residencia.
  • Para solicitar la autorización de residencia inicial se debe ser titular de un visado de inversor.

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10 Razones para invertir en Barcelona

Ajuntament de Barcelona

1.- Una ubicación privilegiada

Barcelona es la puerta del sur de Europa, centro de una euroregión económica emergente, capital del área meditarránea, puente con el Magreb y plataforma de enlace con América Latina.

2.- Accesible y bien conectada

Barcelona es la única ciudad del Sur de Europa que concentra en 5 kilómetros lineales, uno de los mayores puertos de Mediterráneo, estación de tren de alta velocidad, un aeropuerto internacional, autopistas conectadas a la red europea, el segundo mayor recinto ferial de Europa y una de las mayores zonas logísticas del sur de Europa.

 

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Vivienda: el vendedor puede repercutir una parte del IBI al comprador

El Economista 27/06/2016

En los casos en que las partes que realizan una compraventa de vivienda no realicen un pacto en contrario en el contrato suscrito, es el vendedor el responsable de abonar el recibo del impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), aunque podrá repercutirlo sobre el comprador, en proporción al tiempo en que cada una de las partes haya ostentado la titularidad dominical en el ejercicio y por el tiempo que lo sea.

Así, lo establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 15 de junio de 2016, que determina que el hecho imponible del IBI es la propiedad del inmueble -artículo 61 de la Ley de Haciendas Locales (LHL)- y el sujeto pasivo será el propietario que lo sea en el momento del devengo -artículo 63-, ya que éste coincide con el primer día del año natural (artículo 75).

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